Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2019-CA
Fecha: 22-Nov-2019
rechazó
En consulta la Resolución 121/2019 de 9 de octubre, cursante de fs. 11 a 19, pronunciada por la Comisión de Apelación de los Cursos de Pre y Postgrado de la gestión 2019 de la Policía Boliviana, por la que rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Raúl Martínez Fuentes, demandando la inconstitucionalidad del art. 5.VII inc. f) del Reglamento de Convocatoria a Exámenes de Ascenso, Cursos de Pre y Postgrado de la Policía Boliviana, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 14.II, 17, 46.I, 91.II, 97 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- rechazó
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazar
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- .
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR