AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2019-CA

Fecha: 22-Nov-2019

también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada

A lo precisado se suma que tampoco se hizo mención respecto al tipo de resolución que se encontraría pendiente, lo que de igual modo se constituye en un requisito incumplido, así el AC 0312/2012-CA de 9 de abril, citando al AC 0045/2004 de 4 de mayo, reiterada por el AC 0026/2010-CA de 25 de marzo, señaló que: “’también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada’ (…); en consecuencia, la inobservancia de estos requisitos hace inviable el ejercicio de un verdadero control de constitucionalidad y determina el rechazo del recurso” (las negrillas son agregadas); vale decir, que en el caso en análisis no se estableció la validez constitucional de la norma impugnada con el resultado o decisión que deba emitirse, pues si bien se planteó complementación y enmienda contra la Resolución Administrativa 044/2019 según lo referido por el propio accionante, la norma cuestionada ya fue aplicada en el fondo del caso y ello no cambiará como efecto de la solicitud de complementación y enmienda.