AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0285/2019-CA

Fecha: 22-Nov-2019

II.4. Análisis del caso concreto

Conforme determina el art. 196.I de la Norma Suprema, el Tribunal Constitucional Plurinacional ejercerá el control de constitucionalidad, atribución consistente en la verificación del texto de la norma impugnada con aquellos preceptos constitucionales que se consideren contrarios, con la finalidad de depurar del ordenamiento jurídico del Estado; consiguientemente, la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional, conforme lo establecido por el art. 83.II del CPCo, debe pronunciarse sobre la admisión o rechazo de la citada acción de inconstitucionalidad concreta; a cuyo efecto, se debe verificar el cumplimiento de los requisitos desglosados en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Auto Constitucional; en este sentido, de la revisión del memorial presentado por el accionante, se evidencia que, demanda la inconstitucionalidad del art. 5.VII inc. f) del Reglamento de Convocatoria a Exámenes de Ascenso Curso de Pre y Postgrado de la Policía Boliviana, argumentando que por no cumplir un requisito exigido en dicho precepto, su postulación al Diplomado Técnico en Administración policial Nivel suboficiales Primeros fue negada.