SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2019-S3

Fecha: 14-Nov-2019

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 47/19 de 6 de mayo de 2019, cursante de fs. 303 vta. a 306 vta., denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: 1) El Auto de Vista 205, ahora cuestionado, ingresó al análisis de fondo de la apelación, y examinó la resolución que declaró probada la excepción de falta de acción; el argumento central de dicho fallo, fue que la querella se interpuso “…en tres distintos procesos penales…” (sic); argumentando que el Juez a quo, cumplió con los requisitos exigidos por ley; pues, existió una ilegal “promoción” de la acción penal, por existir impedimento legal para proseguirla conforme al art. 376 inc. 3) del CPP; y, 2) Al intentar la querella por más “de una segunda vez” ipso facto se constituye en una causal de no prosecución de la acción penal; al haber recurrido en apelación y no fundamentado por qué debió haberse desestimado la querella de otra manera que no sea la “…acumulación aritmética de dos o más…” (sic), dicha decisión, se limitó a establecer que el contenido de los arts. 308.3 y 312 de CPP, era acertado por parte del Juez de la causa y por tanto cumplió con el art. 376 inc. 3) del mismo cuerpo legal; es decir, el citado Auto de Vista se circunscribió a resolver lo recurrido en apelación, no actuó ultra petita, ni intra petita, absolviendo todos y cada uno de los argumentos esgrimidos; enfatizando que “…esta autoridad mide bien sus palabras al establecer que son argumentos y no agravios” (sic).