Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2019-S3
Fecha: 14-Nov-2019
II.4.
II.4. Corre Nota de 22 del citado mes y año, evacuada por el equipo de profesionales que ejecutó la prueba psicológica, dirigida a Janeth Ontiveros Alvarado, Encargada Distrital del Consejo de la Magistratura de Potosí y miembro de la Comisión Calificadora Departamental para la Convocatoria Pública Nacional 03/2019 -no refiere fecha-, adjuntando los informes correspondientes a las evaluaciones psicológicas de los postulantes habilitados en las antedichas Convocatorias, donde María Patricia Zegarra Quichu -ahora accionante- con cédula de identidad 3702768 -no menciona lugar de expedición- fue calificada como no recomendable (fs. 56 a 61).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Acción de amparo constitucional, vía inidónea para conocer la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una norma jurídica
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR