SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancias de Miriam Anagua Ramírez, por la supuesta comisión de los delitos de asesinato y robo, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Concepción del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución de 7 de junio de 2019, rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva, determinando la concurrencia en parte de los riesgos procesales contenidos en los arts. 234.1, 2 y 10 y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo que motivó la apelación incidental por parte de la parte civil, la cual fue resuelta por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quienes agregaron criterios y aspectos no cuestionados en la referida apelación, reformando el fallo de primera instancia, disponiendo la emisión de mandamiento de detención preventiva en su contra, pese a que la Resolución apelada no atacaba ningún mandamiento de libertad o la revocatoria de una cesación a la detención preventiva, sino simplemente la vigencia de riesgos procesales que a criterio de la parte apelante no debieron ser enervados.
Se hizo conocer a las autoridades demandadas que posteriormente a la audiencia en la que se rechazó su petición de cesación a la detención preventiva, el 28 del mencionado mes y año, se llevó a cabo otra audiencia de reconsideración de su petición de cesación a la detención preventiva, la cual fue aceptada; decisión que fue objeto de una nueva apelación por la parte civil, que se encuentra radicada en la Sala Penal Segunda del mismo Tribunal Departamental de Justicia, y que será resuelto de forma separada, sea modificando o revocando las medidas sustitutivas que le fueron impuestas y que aún se encuentran pendientes de Resolución para el 5 de agosto del año señalado; no obstante de haberse efectivizado las medidas sustitutivas otorgadas por el Tribunal de origen, los Vocales demandados en una intromisión y extralimitándose, sin estar facultados para resolver "medidas sustitutivas" ordenaron su detención preventiva en el Centro Penitenciario Santa Cruz “Palmasola”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.2.4.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o de la víctima aunque no se hubiere constituido en querellante
- que a tiempo de resolver la apelación, responda a todos los puntos apelados,
- obligatoriedad que debe ser cumplida de igual forma por el tribunal de alzada a tiempo de conocer un recurso de apelación incidental planteado contra la determinación asumida por el cautelar, emitiendo una resolución lo suficientemente motivada, previa valoración integral de los elementos probatorios presentados por la defensa,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR