Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2019-S2
Fecha: 21-Nov-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 94/2019 de 16 de julio, cursante de fs. 27 a 29 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por René Benjamín Guzmán Vargas en representación sin mandato de Omar Eddy Mamani Ramírez contra Sonia Ríos Ramos, Jueza Pública Mixta de Partido e Instrucción Penal Primera de Eucaliptus del departamento de Oruro.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR