Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2019-S2
Fecha: 21-Nov-2019
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución 94/2019 de 16 de julio, cursante de fs. 27 a 29 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro constituida en Tribunal de garantías; y en consecuencia: CONCEDER la tutela solicitada; y, ORDENAR a la autoridad ahora demandada, resuelva en el plazo previsto por ley el memorial del 17 de junio de 2019, en el cual se planteó la denuncia de actividad procesal defectuosa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
- Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR