SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2019-S2

Fecha: 22-Nov-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Víctor Hugo Quispe Colque, miembro del DACI, en audiencia señalo que en cumplimiento al plan de seguridad ciudadana, el 18 de julio de 2019 a horas 16:30 altura de la plaza Ballivian, se observó a personas que estaban ambulando con mochilas y una persona que se encontraba sentada con un paño con celulares, motivo por el cual se identificaron como funcionarios policiales, preguntándole de donde tenían los celulares, a lo que no pudieron justificar la cantidad ni la procedencia; por lo que, en flagrancia procedieron a la aprehensión y se puso en conocimiento del Fiscal de turno.

Braulio Quesesaña, miembro del DACI, en audiencia informó que después de ser aprehendidos, cuando lo estaban conduciendo a la FELCC, los solicitantes de tutela, le incitaban que los deje libre, ofreciéndole celulares en forma de pago; una vez que se encontraban en dependencia policial, se procedió al levantamiento de las actas correspondientes; por lo que, en ningún momento se le vulneró sus derechos, toda vez que después de la aprehensión quedo al cargo del encargado de plataforma y posterior asignado al caso para que se proceda con las declaraciones correspondientes y demás hechos que conoció el Fiscal.

Víctor Máximo Tinta, Asesor Jurídico de la FELCC, en audiencia fundamentó que, el Fiscal de turno emitió la imputación formal puesta en conocimiento de control jurisdiccional; por lo que, los accionantes no cumplieron el principio de subsidiariedad, teniendo a su alcance el control jurisdiccional y solicito se deniegue la tutela.