SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2019-S1
Fecha: 28-Nov-2019
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 30/2019 de 30 de julio, cursante de fs. 28 a 30, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La presente acción de libertad no se encuentra vinculada de manera directa al derecho a la libertad física o de locomoción del peticionante de tutela; 2) Se observa, que si bien se solicitó la extinción de la acción penal, el Juez de la causa emitió el decreto correspondiente y conforme establece la SCP 0139/2019-S4 de 25 de abril, antes de acudir a la instancia constitucional, se deben agotar las vías intra procesales ordinarias; y, 3) Llama la atención del por qué la dilación por parte del Juez demandado en responder al memorial presentado por el ahora accionante, correspondiendo exhortar a que dicha autoridad cumpla sus funciones conforme establece la “Ley 025”, sin perjuicio de que el nombrado pueda activar otros mecanismos; sin embargo, éste Tribunal mantiene el criterio en sentido de que el mismo contaba con la potestad de activar otros mecanismos al no obtener una respuesta pronta, en tal sentido, al no haber activado dichos mecanismos intra procesales, corresponde denegar la tutela impetrada.
- acción de libertad
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.1.
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR