AUTO CONSTITUCIONAL 0405/2019-RCA
Fecha: 26-Dic-2019
a)
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Cochabamba, por providencia de 26 de noviembre de 2019, otorgó al accionante el plazo de tres días, bajo la alternativa de tener por no presentada la acción conforme el art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), para subsanar las siguientes observaciones: a) Acompañar fotocopias simples o legalizadas del proceso principal que se tramita ante el Tribunal de Sentencia Sexto del mencionado departamento, incluyendo las diligencias de notificación; b) Informar si agotó todas las instancias legales, así como todo lo relacionado con el proveído de 30 de octubre del año en curso; y, c) Identificar a los terceros interesados, precisando los domicilios reales o lugar donde puedan ser notificados.