ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1057/2019-S2
Fecha: 03-Dic-2019
denegó
La Sala Constitucional del departamento de Pando, mediante Resolución de 4 de julio de 2019, cursante de fs. 33 a 34, denegó la tutela solicitada en mérito a los siguientes fundamentos: 1) Esta acción tutelar fue planteada contra los Vocales de la Sala Civil, Social, Familiar, Niña, Niño y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; sin embargo, la resolución que resolvió el incidente de nulidad notificación con la Sentencia fue emitida por el Juez de primera instancia, quien presuntamente vulneró los derechos fundamentales del accionante; 2) Consiguientemente, la acción de amparo constitucional debió presentarse también contra el Juez que resolvió el incidente de nulidad procesal; puesto que, los Vocales demandados no tienen exclusivamente la legitimación pasiva; y, 3) Al no haberse integrado a la autoridad judicial de la causa que resolvió el incidente de nulidad procesal de declarar improcedente, sin ingresar a analizar el fondo del problema planteado.
- acción de amparo constitucional
- fue notificado de manera personal el 15 de octubre de 2018
- Auto de Vista de 28 de mayo de 2019
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)