Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1057/2019-S2
Fecha: 03-Dic-2019
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 25 de octubre de 2018, el impetrante de tutela planteó recurso de reposición con alternativa de apelación contra Auto de 22 de octubre de 2018; y por su parte, la autoridad judicial, mediante Auto de 29 de octubre de 2018, declara no ha lugar la reposición solicitada y al haberse planteado alternativamente la apelación, concedió la misma en el efecto devolutivo (fs. 27 a 29 vta.).
- acción de amparo constitucional
- fue notificado de manera personal el 15 de octubre de 2018
- Auto de Vista de 28 de mayo de 2019
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite de ampliación de plazo
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- Fragmento 19
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)