ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1145/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1145/2019-S2

Fecha: 27-Dic-2019

I.1.1

Fue imputado formalmente por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de avasallamiento tipificado y sancionado por el art. 351 bis del Código Penal (CP); en audiencia de medidas cautelares, la Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del departamento de Oruro, por Auto Interlocutorio 780/2019 de 13 de noviembre, dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro, al considerar concurrente la probable autoría y los riesgos procesales de fuga y obstaculización previstos en los arts. 233.1 y 2; 234.10, 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Apelada dicha determinación, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, confirmó en parte la Resolución dispuesta por la Jueza a quo, desvirtuando los riesgos procesales previstos en los numerales 1 y 2 del art. 235 del CPP, manteniendo latente el riesgo procesal establecido en el art. 234.10 del citado Código, bajo el argumento que si bien el imputado Edwin Johnny Torrez Espíndola –ahora solicitante de tutela- no cuenta con antecedes judiciales ni policiales, ese extremo solo puede ser idóneo para desvirtuar el peligro para la sociedad y no así para la víctima, siendo otras las circunstancias que deben acreditarse para ello; por lo que, considera falta de fundamentación y motivación en la que incurrieron las autoridades demandadas a momento de fundar la concurrencia del supuesto peligro para la víctima; por otra parte, en la Resolución ahora demandada no se consideró su condición de persona adulta mayor y no se valoró razonadamente los certificados de antecedentes judiciales y policiales presentados, a efectos de desvirtuar el art. 234.10 del CPP.