La suscrita Magistrada, manifiesta su conformidad con la SCP 1205/2019-S1 de 5 de diciembre -objeto de la presente fundamentación de voto aclaratorio-, al estar de acuerdo con la determinación asumida de
Fecha: 05-Dic-2019
CONCEDER en parte
La suscrita Magistrada, manifiesta su conformidad con la SCP 1205/2019-S1 de 5 de diciembre -objeto de la presente fundamentación de voto aclaratorio-, al estar de acuerdo con la determinación asumida de CONCEDER en parte la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
Conforme a lo expuesto, la suscrita Magistrada si bien está de acuerdo con la determinación asumida, como es la de CONCEDER en parte la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del Auto de Vista 58/2019 de 20 de febrero, ordenado a los Vocales demandados emitan una nueva resolución, siempre y cuando la situación jurídica del accionante no hubiere variado al presente; empero, con base a los fundamentos expuestos precedentemente.
- CONCEDER en parte
- I. ARGUMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar, rechazar o modificar una medida cautelar, o que lo hizo, pero de manera insuficiente; puesto, que como se señaló, tratándose de la disputa del derecho a la libertad, en cumplimiento de los principios constitucionales señalados anteriormente, deberá resolver directamente el caso remitido en apelación, precisando las razones y los elementos de convicción que sustentaron su decisión de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva, o viceversa
- a)
- Fragmento 5