Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1025/2019-S4
Fecha: 04-Dic-2019
II.2.
II.2. Por Proveído de 4 del mismo mes y año, la autoridad judicial ahora demandada, dispuso poner a conocimiento del demandado la liquidación presentada por la parte actora, correspondiente a los gastos por pensiones educativas; otorgándole el plazo de tres días para pronunciarse, de conformidad a la previsión del art. 415.I del Código de las Familias y del Proceso Familiar (fs. 9).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.2.4.
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el apremio corporal en demanda de asistencia familiar. Jurisprudencia reiterada
- III.2. En cuanto a los actos de comunicación en los procesos de asistencia familiar. Jurisprudencia reiterada
- III.3.
- CONFIRMAR