SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2019-S4
Fecha: 16-Dic-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por Félix Orlando Rojas Alcón, Juez de Instrucción Penal Octavo del departamento de La Paz, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, previsto en el art. 154 del Código Penal (CP); el Fiscal de Materia a cargo emitió a favor del nombrado la Resolución de Rechazo CORP-189/2018 de 29 de agosto, que fue firmada por una comisión de seis Fiscales adscritos a la Fiscalía Especializada en Persecución de Delitos de Corrupción, sin previo nombramiento emanado por el Fiscal Departamental de La Paz; fallo contra el cual formuló la objeción correspondiente, dejando constancia de la existencia de inactividad injustificada de actos investigativos por treinta días, así como del incumplimiento a las directrices establecidas por la autoridad jerárquica en la Resolución FDLP/EJBS/R-705/2018 de 4 de junio, disponiendo la realización de otros actuados investigativos para llegar a la verdad material de los hechos denunciados, evidenciándose que no se agotó los suficientes actos administrativos para asumir una determinación así como la falta de valoración de prueba; sin embargo, el entonces Fiscal Departamental por Resolución FDLP/EJBS/R 1444/2018 de 19 de octubre, ratificó la Resolución de rechazo citada, que le fue notificada el 19 de noviembre de 2018, empero la misma carece de fundamentación y motivación, pues no refiere a los aspectos observados en la objeción, ni realizó un análisis correcto de los actuados efectuados durante la etapa investigativa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación;
- III.2. Sobre la valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR