SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2019-S4

Fecha: 18-Dic-2019

a)

Alexander Delmer Salas y Luisa Chian Cortez, señalaron en audiencia que: a) El accionante ya resolvió el conflicto suscitado al haberse suscrito una conciliación, siendo que además en la demanda tutelar señaló un nuevo domicilio (Barrio Villamontes, calle 11 de octubre); b) Entre el propietario y el inquilino existe una relación de parentesco; c) El 1 de junio de 2019, se enteró que el impetrante de tutela, junto a su familia, se encontraban sacando de escondidas sus pertenencias, habiéndole recordado que se encontraba pendiente el pago de los alquileres, momento en el cual los arrendatarios se comprometieron a honrar lo adeudado en horas de la tarde, consintiendo que sus bienes muebles permanezcan en la vivienda; por ese motivo sacaron las fotos que ahora se encuentran adjuntas en calidad de prueba; d) El solicitante de tutela regresó con los funcionarios de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, pidiendo sacar las cosas del menor, cuando debieron llevarse todos sus bienes y hasta el día de hoy no supo de ellos; y, e) La Norma Suprema establece que la acción de defensa no procede contra actos consentidos libres y expresos, en el caso, fue el accionante quien permitió que los bienes inmuebles se queden retenidos; ante esos hechos solicitaron se deniegue la tutela.