SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1077/2019-S4
Fecha: 18-Dic-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 24 de enero de 2018, se trasladaron a una habitación que fue alquilado como vivienda, en consenso verbal con uno de los propietarios y pactaron un canon de alquiler de Bs500.- (quinientos bolivianos); sin embargo, se vieron impedidos de pagar el mismo, por razones de fuerza mayor, los meses de marzo, abril y mayo de 2019, situación que fue de conocimiento de los propietarios.
Posteriormente, que el 1 de junio de igual año, fueron sorprendidos al ver la puerta de ingreso de su vivienda, clavada con palos y candado que impedían el paso, inmediatamente acudieron donde la propietaria, sin poder llegar a ningún acuerdo; siendo que se encontraban con la ropa que tenían puesta, y se quedaron a dormir prácticamente en la calle; después, ya con el dinero del alquiler adeudado, quisieron cancelar a los propietarios; sin embargo éstos les exigieron el pago adelantado de un año de alquiler; es decir, un equivalente a Bs6 000.- (seis mil bolivianos), alegando que al ser propietarios podía cobrar lo que les diera la gana y que no les dejarían sacar sus cosas, arrogándose inclusive la potestad de vender o regalar sus bienes si así lo veían por conveniente; desde ese momento se encuentran privados de sus enseres y documentación personal, siendo además que su hijo se ve impedido de asistir al colegio porque no tiene sus útiles escolares.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- podrá prescindirse del carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional,
- acción extraordinaria que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona reconocidos por la Constitución
- vías o medidas de hecho a los actos o acciones en que pudieran incurrir funcionarios públicos o particulares que, en omisión y desobediencia absoluta de los postulados constitucionales y legales, ocasionen lesión a derechos fundamentales reconocidos por la Norma Suprema
- Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia’
- III.3. Eficacia horizontal de los derechos
- de la protección de los derechos fundamentales entre particulares, deviene la eficacia horizontal de los derechos como materialización del derecho-principio y axioma de igualdad, pues es precisamente en las relaciones sociales donde se hace patente la disparidad humana, dejando al descubierto la existencia de una parte débil que puede ser sometida por la más fuerte
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR