SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2019-S2

Fecha: 11-Dic-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es propietaria de un bien inmueble ubicado en la zona barrio lindo de la localidad de Catavi del Municipio de Llallagua, que se encuentra matriculado en el sistema computarizado con número 5.02.3.01-0001072 y planos debidamente aprobados, sobre el que realizó los trámites de instalación de energía eléctrica y la cancelación debida por el servicio. Del mismo modo, ejerciendo su derecho de propiedad, realizó los trámites de actualización de construcción del muro perimetral con el propósito de dar seguridad física a los ambientes en posesión.

Sin embargo; el 2 de mayo de 2019, se constituyeron en su domicilio el Subalcalde del Distrito de Catavi, el abogado Félix Cabrera Saavedra, Luis Ricardo Alaca y el Arquitecto Gumerth Torrez Miranda, quienes procedieron a maltratarla y amenazarla, refiriendo que se demolería toda su construcción, por el hecho de que no sería de Llallagua.