SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2019-S2

Fecha: 27-Dic-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el Juzgado de Instrucción Penal Decimoprimero  de la Capital del departamento de Santa Cruz, está radicado un proceso penal en su contra por los delitos de tráfico ilícito de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación; instancia en la cual se aplicó la medida cautelar de detención preventiva; habiendo interpuesto cesaciones de la detención preventiva y recursos de apelación, quedando vigente únicamente el riesgo procesal del numeral 10 del art. 234 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

El 29 de noviembre de 2018, en la audiencia de cesación de la detención preventiva, presentó jurisprudencia que establece que nadie podía estar detenido por un solo riesgo procesal y, documental, como el Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) e informe psicológico, que determina que no tiene antecedentes penales ni sentencia ejecutoriada y que no es un peligro para la sociedad, aspectos que no fueron valorados por el Juez de la causa; interpuesto el recurso de apelación, los Vocales demandados el 17 de diciembre de igual año, confirmaron la Resolución apelada, señalando que las Sentencias del Tribunal Constitucional no son importantes, que el art. 180 de la Constitucional Política del Estado (CPE) está por encima del art. 203 de la Norma Suprema y que “en base a la verdad material y por la cantidad de sustancia” (sic) representaba un peligro para la sociedad.