Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2019-S2
Fecha: 27-Dic-2019
III.5.1 Otras consideraciones
Finalmente, señalar que el incumplimiento de remisión de información solicitada en el marco de la facultad conferida por el art. 5.2 del CPCo, conforme a los decretos constitucionales de 14 de mayo y 19 de agosto, ambos de 2019, es contrario al deber de cooperación y colaboración que están obligados a prestar los órganos, instituciones, personas jurídicas o naturales, públicas o privadas, al Tribunal Constitucional Plurinacional, ocasionando perjuicio a su labor jurisdiccional; por lo que amerita remitir antecedentes ante la instancia disciplinaria del Consejo de la Magistratura a fin del procesamiento y la sanción que corresponda.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.1.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1.
- i)
- III.2.
- Fragmento 15
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; iii) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, iv) Por la falta de coherencia del fallo, se da: iv.a) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del CPP
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- III.
- III.5.
- III.5.1 Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 4° Remitir
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)