SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2019-S2
Fecha: 27-Dic-2019
II.3.
II.3. Cursa acta de audiencia de apelación y Auto de Vista de 20 de noviembre de 2018, mediante el cual los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Santa Cruz, en relación al art. 234.10 del CPP, argumentaron que por la naturaleza del delito que ataca al bien común, a víctimas difusas, es un peligro para la sociedad; y, un certificado de REJAP no puede desvirtuar éste riesgo procesal; por lo que, declaró admisible y procedente parcialmente la apelación presentada por el impetrante de tutela, revocando parcialmente el Auto Interlocutorio de 6 de noviembre de 2018 que denegó la cesación de la detención preventiva, manteniendo subsistente únicamente el peligro de fuga del art. 234.10 del CPP (fs. 19 a 30).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.1.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1.
- i)
- III.2.
- Fragmento 15
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; iii) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, iv) Por la falta de coherencia del fallo, se da: iv.a) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del CPP
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- III.
- III.5.
- III.5.1 Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 4° Remitir
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)