SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2019-S1

Fecha: 16-Dic-2019

1)

Asimismo, una vez tomado conocimiento del informe del Juez demandado, refirió que: 1) No es cierto lo sostenido por esa autoridad respecto a que hubiere remitido “documentos” ante el Juzgado de turno -Juzgado de Partido y de Sentencia Penal Tercero de El Alto de Departamento de La Paz-, ya que de ser evidente lo aseverado le hubieran recepcionado su memorial de solicitud de cesación de la detención preventiva en dicho Juzgado de turno; 2) La autoridad demanda sostiene que ya perdió competencia para el conocimiento de su proceso en mérito al recurso de apelación restringida, lo que no es evidente, quien continua teniendo competencia hasta en tanto que la sentencia no sea declarada ejecutoriada; y, 3) No demandó al Juez de Partido y de Sentencia Penal Tercero de la indicada ciudad y departamento, por no haberse remitido ante esa autoridad la causa así sea en fotocopia; por lo que, no tiene competencia para conocer su solicitud de cesación de la detención preventiva.

CONCEDER en parte la tutela impetrada, respecto a la vulneración del derecho al debido proceso vinculado a la libertad de la accionante, al no haber el Juez demandado remitido los antecedentes del proceso penal de referencia ante el Juez de turno durante la vacación judicial correspondiente a la gestión 2018.