Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2019-CA
Fecha: 12-Feb-2019
II.2. Marco normativo constitucional y legal
A su vez, el art. 73.2 del CPCo, estipula que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Juez Público Civil y Comercial Noveno del Tribunal departamental de Justicia de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- no promover
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo”
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR