AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2019-RCA

Fecha: 12-Feb-2019

i)

El accionante manifestó que el Juez de garantías: i) De manera contradictoria refirió que no se agotó la vía declarando por ello la improcedencia de la acción, pero además que no habría cumplido con los presupuestos mínimos de admisibilidad, por lo que su demanda sería defectuosa; ii) El Juez no consideró que por la acción de amparo constitucional no se pretende poner fin al proceso penal, ni la nulidad de la acusación, sino única y exclusivamente la restauración de sus derechos vulnerados con la emisión de la Resolución FDLP/EJBS/S-142 “a”/2018  ante una errónea valoración probatoria o una omisión valorativa por lo que corresponde activar de forma directa activar la vía constitucional; y, iii) Erróneamente se aseveró que no se habría cumplido con la carga argumentativa, respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria.