AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2019-RCA

Fecha: 12-Feb-2019

improcedencia

Por Resolución 02/2019 de 3 de enero, cursante de fs. 215 a 216, el Juez señalado supra, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, por resultar contraria a la naturaleza subsidiaria de la acción, por enmarcarse a la causal de improcedencia prevista en el art. 53.I del CPCo, fundamentando que: 1) El accionante no agotó las vías ordinarias de defensa; 2) A efectos de una valoración de la prueba de manera extraordinaria el accionante no cumple ninguno de los requisitos de procedencia contenidos en la SCP 0616/2017-S2 de 19 de junio, constituyéndose por ello su demanda en defectuosa; y, 3) El Tribunal de garantías no puede considerar hechos controvertidos emergentes del proceso radicado en la jurisdicción ordinaria, menos revisar la interpretación de la legalidad ordinaria efectuada por sus autoridades, cuando no se ha demostrado los presupuestos mínimos de admisibilidad, existiendo más al contrario los medios legales de impugnación ordinaria  o que se encuentran pendientes de su empleo como ser los incidentes , excepciones y recursos que la ley franquea.