Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2019-RCA
Fecha: 27-Feb-2019
1)
Manifiesta que: 1) El Juez de garantías confundió un proceso administrativo en el que se debe agotar la vía de impugnación prevista en la Ley 2341 correspondiente, con un trámite administrativo de aprobación de un proyecto de edificación amigable con el medio ambiente; 2) La solicitud de protección del derecho de petición no resolvería el fondo de la problemática ahora planteada; y, 3) Las disposiciones que ahora son cuestionadas son de carácter general, por lo que es un error que su validez sea desconocida por el Juez de garantías.
- Constructora UBUNTU S.R.L., representada legalmente por Pablo Luis Gonzalo Soto Quiroga
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- Fragmento 6
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- no alcanza para conocer actos administrativos
- II.5. Análisis del caso concreto