SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2019

Fecha: 06-Feb-2019

ámbito de vigencia territorial

Por último, mencionar que el ámbito de vigencia territorial, también plasmado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se advierte que sí se da en el presente caso, debido a que el hecho jurídico denunciado sucedió en la comunidad de Ch’alla, lo que también se observa en la formulación de la querella particular por la presunta comisión de los delitos de lesiones graves y leves y amenazas; vale decir, que el lugar donde sucedieron los hechos, fue en la zona donde las Autoridades Indígena Originario Campesinas del Ayllu Ch’alla Parcialidad Aransaya del municipio de Copacabana ejercen jurisdicción y competencia; por lo que, se advierte el cumplimiento del ámbito señalado.

En consecuencia, es posible establecer que en el caso que nos ocupa, existe concurrencia simultánea de la vigencia material, personal y territorial; toda vez que, las Autoridades Indígena Originario Campesinas, identificaron conforme se tiene señalado a las partes del proceso penal, como afiliados de la organización denominada Ayllu Ch’alla Parcialidad Aransaya del municipio de Copacabana, provincia Manco Kapac del departamento de La Paz, siendo además que la comunidad de Ch’alla donde acontecieron los hechos denunciados, la misma forma parte del referido Ayllu; y, al no advertirse impedimento alguno para que la JIOC no conozca la denuncia antes señalada en razón de materia, dentro del conflicto de competencia suscitado entre las Autoridades Indígena Originario Campesinas del Ayllu Ch’alla, Parcialidad Aransaya del municipio de Copacabana, provincia Manco Kapac y el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Copacabana, ambos del departamento citado, se debe reconocer la competencia de la JIOC, para que resuelva el asunto de acuerdo a sus normas y procedimientos propios, respetando la Constitución Política del Estado y el bloque de constitucionalidad.