AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2019-RCA

Fecha: 15-Mar-2019

II.5.  Otras consideraciones

Por otro lado, en cuanto a la excepción al principio de subsidiariedad invocado por la parte accionante por su presunta discapacidad se tiene que, conforme a la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico II.3 de este Auto Constitucional para solicitar la aplicación dicha excepción y poder acudir directamente a esta vía constitucional, se debe acreditar el extremo señalado a través del correspondiente certificado emitido por el CONALPEDIS o CODEPEDIS, que se constituye en el único medio de prueba para acreditar esa condición, el cual no fue adjuntado por la impetrante de tutela; por lo que, al haberse omitido presentar el mencionado carnet o certificado de discapacidad, no es posible efectuar una abstracción al principio de subsidiariedad, de manera que ésta debió agotar la vía administrativa u ordinaria a objeto de plantear sus reclamos buscando la protección de sus derechos.