AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2019-RCA

Fecha: 15-Mar-2019

a)

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del departamento de Potosí, en suplencia legal de su similar Segunda, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 12 de febrero de 2019, cursante a fs. 40, concedió el plazo de tres días computables a partir de su notificación para que subsane las siguientes observaciones: a) Detallar y complementar el nombre y apellidos de los demandados, especificando sus domicilios reales donde puedan ser citados; b) Indicar si existen terceros interesados, precisando sus domicilios; c) Señalar los derechos o garantías que se consideran vulnerados; d) Determinar los medios o recursos interpuestos; e) Presentar poder notariado con la mención de los nombres en contra de quienes se dirige la acción tutelar; y, f) Aclarar por qué se presentó la acción tutelar en hora inhábil y la notificación con la Resolución FDP-T.O.R./FACM 107/2018.