Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2019-RCA
Fecha: 15-Mar-2019
I.2.
El accionante a través de su representante considera la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos motivación, defensa, igualdad procesal de las partes y valoración razonable de la prueba, citando al efecto los arts. 115.II y 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.2 inc. f) y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.