AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2019-RCA
Fecha: 27-Mar-2019
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Refirieron que, recordaron a estas autoridades, que tienen derechos laborales adquiridos de hace mucho tiempo atrás, y que por el principio de irretroactividad de la ley, consagrado en la Constitución Política del Estado, no se les puede aplicar normas de data reciente y posteriores a su ingreso, lo que implicaría que se estarían dictando resoluciones contrarias a la Norma Fundamental y las leyes.
En razón a lo explicado y protegiendo sus derechos laborales, el 28 de enero y 6 de febrero de 2019, presentaron memoriales ante las autoridades demandadas a objeto de que les respondieran de manera motivada y fundamentada sobre la razón de ese trato hacia ellos, pero no recibieron hasta la fecha una respuesta pronta y oportuna en los términos establecidos en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE).