AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2019-CA

Fecha: 15-Mar-2019

Fragmento 1

En consulta la Resolución DIR.NALSERECI 001/2019 de 21 de febrero, cursante de fs. 3 a 7, pronunciada por el Director Nacional del Servicio de Registro Cívico (SERECI) del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por David Víctor Aruquipa Pérez y Guido Álvaro Montaño Durán, demandando la inconstitucionalidad del art. 168.I inc. b) en la frase: “Si no fue realizado entre una mujer y un hombre” del Código de las Familias y del Proceso Familiar -Ley 603 de 19 de noviembre de 2014- por presuntamente ser contrario a los arts. 4, 13.I y 14.I, II y III de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 1.1, 3, 11, 17 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, demandando la aplicación preferente de los arts. 1.1, 11, 17 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, respecto al art. 63.II de la Norma Suprema que indica “entre una mujer y un hombre” respetando el bloque de convencionalidad en el marco de los arts. 13.IV, 256 y 410 de la CPE.