SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2019-S2

Fecha: 11-Mar-2019

i)

El accionante se ratificó en su demanda tutelar y ampliándola, manifestó que:          i) Conforme al art. 241 del CPP, la fianza tiene una exclusiva finalidad, cual es la de asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso, el cumplimiento de la norma, las obligaciones que el juez o tribunal les imponga, pero no así, el resarcimiento del daño civil; y, ii) Al haberse suscitado el hecho en flagrancia, no tuvo tiempo necesario para demostrar su situación patrimonial, a efectos de imponerse la magnitud de la fianza.