SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019-S4

Fecha: 14-Mar-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como consecuencia del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a instancia de Mario Gutiérrez Choque, por la presunta comisión de los delitos de cohecho pasivo y otros, tramitado ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia las Mujeres Primero del departamento de La Paz, encontrándose detenido preventivamente por más de dos años y nueve meses en el Centro Penitenciario San Roque de Sucre del departamento de Chuquisaca; por lo que, mediante memorial de 14 de agosto de 2018, requirió la cesación a la detención preventiva, sin obtener respuesta por cincuenta y ocho días; por lo que, reiteró dicha pretensión el 12 de octubre del referido año; sin embargo, desde entonces transcurrieron doce días sin que se hubiese señalado audiencia, omisión que desconocen lo previsto en el art. 239.“1” del Código de Procedimiento Penal (CPP), –Modificado por el art. 8 de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Penal (Ley 586 de 30 de octubre de 2014)–; que establece un plazo de cinco días a objeto de resolver la solicitud; así como la jurisprudencia señalada en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0032/2016-S3 de 4 de enero y 1121/2016-S3 de 18 de octubre, referidas al principio de celeridad y plazo razonable para fijar audiencias; incurriendo la Jueza ahora demandada, en retardación de justicia prevista por el art. 135 del CPP.