SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019-S2

Fecha: 15-Mar-2019

Fragmento 24

Concluyéndose que María Tatiana Justiniano Aguilera, Secretaria y William Simone Roca, Auxiliar, ambos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Montero del departamento de Santa Cruz -ahora demandados-, incurrieron en una dilación excesiva que les son atribuible, por cuanto conforme al Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional, incumplieron sus funciones y obligaciones conferidas como personal de apoyo jurisdiccional, de obrar de manera diligente, acuciosa y responsable; toda vez que, incumplieron su obligación de remitir las solicitudes de extinción de la acción penal y nulidad de obrados por actividad procesal defectuosa ante la autoridad jurisdiccional, en el día; plazo imperativo dispuesto por la normativa legal -art. 94 del CPP- al que deben sujetar sus actuaciones; provocando con ello, una demora excesiva e injustificada en la resolución de dichas solicitudes; lo que contraviene el principio de celeridad como elemento del derecho al debido proceso del accionante, que debe ser reparado mediante esta acción de defensa, conforme los razonamientos expuestos en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional.