SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2019-S2

Fecha: 15-Mar-2019

III.2.  Análisis del caso concreto

Bajo estos antecedentes, se advierte que el acto lesivo denunciado, se constituye en la presunta aprehensión ilegal de Víctor Hugo Espinoza López -ahora accionante-, el cual en la presente acción de defensa indicó que fue irregularmente detenido por agentes de inteligencia del Comando Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana; sin embargo, no es menos evidente que el mismo, también manifestó en audiencia que el operativo realizado fue dentro de un proceso investigativo, aperturado en el municipio de Cliza del departamento de Cochabamba, por la presunta comisión del delito de robo agravado; razón por la que, se le habría trasladado a ese departamento; información, que inclusive hubiera sido corroborado por el Fiscal de Materia asignado al caso.

Ahora bien, en vista de que el propio accionante, reconoció que fue aprehendido dentro de un proceso penal, tramitado en el departamento de Cochabamba, correspondía al Juez de la causa que lleva el control jurisdiccional, conocer todas las presuntas irregularidades que se hubiera sicometido cometidas en la aprehensión del impetrante de tutela; en este sentido, antes de interponer su acción de libertad en la jurisdicción constitucional, debió acudir previamente a dicha autoridad a efectos de denunciar los extremos que ahora se alegan, en la presente acción de defensa; por lo cual, no se puede ingresar al fondo de la problemática planteada en observancia a la subsidiariedad excepcional que rige a la acción de libertad desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional.