SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S2
Fecha: 25-Mar-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y otros, el 10 de octubre de 2018, Aly Marcelo Limón Camacho, presentó apersonamiento en el citado proceso, fecha desde la cual estuvo constituyéndose al Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, averiguando si salía el expediente de despacho para poder obtener copias y estar a derecho; empero, el mismo ingresaba ante las autoridades jurisdiccionales con otros memoriales, siendo imposible notificarse con su apersonamiento.
Es así, que el 17 de igual mes y año, fueron declarados rebeldes y contumaces a la ley, con una fecha de audiencia de juicio oral que no les fue notificada legalmente; actuado procesal, al que concurrió su abogado patrocinante, para justificar su ausencia por el motivo expresado; sin embargo, pese a ello ordenaron la emisión de los mandamientos de aprehensión, vulnerando de esta manera sus derechos fundamentales.