Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
El accionante, por medio de su representante sin mandato, alega la lesión de sus derechos a la libertad, o de locomoción, al debido proceso, a la defensa, y al principio de seguridad jurídica, establecidos en los arts. 13.IV, 22, 23.I, 109.I, 110, 115.II, 116.I, 117.I, 119.I, 120.I y 125 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 7.1, 2, 3.8.2, 17.1, 19 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control jurisdiccional de la investigación dentro de un proceso penal, se encuentra a cargo del Juez cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo