Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2019-S1
Fecha: 25-Mar-2019
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
“…la parte accionada indica que estaría en ese juzgado como Juez suplente, que no sería Juez titular del Juzgado donde se ha llevado a cabo la audiencia, refiere que la audiencia se llevo a cabo en fecha 01 de noviembre de 2018 y ese día habría emitido el mandamiento de libertad y lo adjuntan al expediente el mandamiento de libertad, refiere que en la actualidad el mandamiento ya habría sido entregado a la central de notificaciones, indica que ella aparte de ser la Juez suplente que también en estos tiempos esta en evaluación y ha sido el tiempo insuficiente, pide en consideración a esos antecedentes se deniegue la tutela…" (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- declaro improcedente
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR