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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2019-S3

    Fecha: 15-Mar-2019

    II.2.

    II.2.  Mediante memorial presentado el 2 de enero de 2008, el precitado dedujo recurso de alzada (fs. 208 a 209) mismo que fue resuelto por la Superintendencia Tributaria Regional Cochabamba a través de Resolución de Recurso de Alzada STR-CBA/0038/2008 de 10 de abril, confirmando el decreto de 27 de noviembre de 2007 (fs. 267 a 268 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Improcedencia de activación de una acción tutelar en contra de una resolución emergente del cumplimiento de otra acción
    • toda decisión asumida (por una autoridad o persona particular) en estricto cumplimiento de un una resolución constitucional (emitida por el Tribunal de garantías o Tribunal Constitucional) es inimpugnable a través de otra acción de defensa
    • la revisión de las sentencias por este Tribunal, de modo que cuando éste se pronuncia, concluye el proceso constitucional; empero antes de ello, el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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