SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

El juez de vigilancia deberá requerir informes sobre el desempeño del trabajo a la entidad empleadora. En caso de que los informes no sean favorables, se convertirá en privación de libertad

La autoridad demandada al disponer la conversión de la pena interrumpió la prestación de trabajo que cumplía desde el 8 de mayo del citado año en la Unidad de Selección de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, incurriendo en un procesamiento indebido del cual es víctima, ya que para disponer la conversión solo se basó en el informe de la trabajadora social, sin pedir el respectivo informe a la entidad empleadora, obviando el procedimiento establecido en el art. 28 del Código Penal (CP), el que en su parte pertinente establece: ‘‘‘El juez de vigilancia deberá requerir informes sobre el desempeño del trabajo a la entidad empleadora. En caso de que los informes no sean favorables, se convertirá en privación de libertad…‴ (sic). Resolución de conversión con la que no fue notificada, dejándola en estado de indefensión y vulnerando de tal forma su derecho al debido proceso y ocasionando su ilegal privación de libertad, atentando incluso contra su derecho de madre y la de su hijo que todavía está en etapa de lactancia.