AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2019-CA
Fecha: 09-Abr-2019
Fragmento 4
La vinculación necesaria entre la aplicación de los artículos impugnados con la decisión que pretenden tomar las autoridades administrativas en el proceso sancionatorio, que se sigue contra la citada Empresa, se demuestra en la fundamentación que expone, siendo que, se procura iniciar un proceso coactivo fiscal basándose en una prueba pre constituida (Dictamen), sólo por no generarse responsabilidades y cumpliendo con algo que no se sabe, de esta manera vulnerándose sus derechos constitucionales. En caso que las normas refutadas sean declaradas inconstitucionales, la UPEA ya no tendrá la obligación de iniciar el proceso coactivo fiscal hasta que se establezca un debido proceso para la elaboración de dictámenes en la Contraloría General del Estado (CGE), con los recursos impugnativos correspondientes.