Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2019-RCA
Fecha: 01-Abr-2019
I.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
Considera lesionados sus derechos a la presunción de inocencia, al debido proceso en sus componentes del derecho a la “seguridad jurídica”, a la igualdad procesal de las partes, a la tutela judicial efectiva, a la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico, a la motivación, a la libertad de locomoción, al principio non bis in ídem, motivación de las decisiones judiciales y al derecho a ejercer un cargo político, citando al efecto los arts. 23.I, 115.II, 116.I y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- y 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- II.3.
- CONFIRMAR