Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0113/2019-RCA
Fecha: 24-Abr-2019
2)
2) Identificó a las autoridades demandadas, siendo los mismos, Marlon Zeballos Fernández, Director Departamental de Educación de Chuquisaca, Armando Vásquez López, Director, María Isabel Conchari, Lurdes Villca Hidalgo y Amparo Nava Morales, Profesoras, todos de la UE Mariscal Sucre “B” , además indicó sus domicilio a efectos de su notificación (fs. 30 vta.).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- RECHAZAR
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Excepción a la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 9
- atinge a esta jurisdicción constitucional abrir su competencia, sin la exigencia del agotamiento previo de los mecanismos de impugnación intraprocesales y efectuar el análisis de fondo de la temática puesta a consideración, dejando de lado la carga de la subsidiariedad exigible a ese fin
- rechazó
- 2)