Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2019-RCA
Fecha: 30-Abr-2019
1)
La Sala Constitucional Primera del departamento Cochabamba, mediante decreto de 2 de abril de 2019, cursante a fs. 59, otorgó el plazo de tres días, para subsanar lo siguiente: 1) Cumpla lo establecido en el art. 33.5 del Código Procesal Constitucional (CPCo), señalando de forma precisa cada uno de los derechos que consideren vulnerados y que guarden relación con su fundamentación fáctica; y, 2) Se aclare el petitorio.