Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0121/2019-RCA
Fecha: 30-Abr-2019
I.2.
Considera la lesión de sus derechos a la seguridad social a largo plazo en su componente de renta de vejez; al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva; al debido proceso en su componente “de derecho” a la motivación y a recurrir el fallo, citando al efecto los arts. 45. I, II, IV y III; y, 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.2 inc. h), 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.