En virtud a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo); la suscrita Magistrada expresa su Voto Disidente a la DCP 0024/2019 de 3 de abril, en lo concerniente a la declaración de compatibilidad de los arts. 28 del proyec
Fecha: 03-Abr-2019
o empresas especializadas y autorizadas a realizar la auditoría externa, incluyendo el trabajo realizado por la unidad de auditoria interna
Al respecto la DCP 0024/2019, señaló que la DCP 0140/2015, en un anterior control previo de constitucionalidad, declaró la incompatibilidad de la frase “…o del Control Social…”, en cuyo contexto “…la ETA consultante procedió a eliminar la frase incompatibilizada en la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia”. A partir de ello, concluyó que, la solicitud que pueda hacer el GAM de Toledo a la Controlaría General del Estado u otras empresas especializadas y autorizadas, para la realización del proceso de auditoría a la gestión municipal, se enmarca en el principio de transparencia previsto en el art. 270 de la CPE y consiste en respetar y vigilar la gestión pública, facilitando el acceso a la información y el uso adecuado de la cosa pública; a partir de ello, declaró la compatibilidad de la referida disposición, sin considerar que la Carta Orgánica Municipal no se constituye en el instrumento idóneo para realizar regulaciones sobre el control externo posterior que ejerce la CGE respecto de las entidades públicas y de aquéllas en las que tenga participación o interés económico el Estado, mucho menos para establecer regulaciones sobre la intervención de otras empresas en la realización de dicho control externo.
- I. ANTECEDENTES
- a)
- II.1.
- indicios de responsabilidad administrativa
- será responsable de la supervisión y del control externo posterior de las entidades públicas y de aquéllas en las que tenga participación o interés económico el Estado
- cuando los Concejales y concejalas dejen sus funciones por ausencia temporal
- o empresas especializadas y autorizadas a realizar la auditoría externa, incluyendo el trabajo realizado por la unidad de auditoria interna