SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2019

Fecha: 24-Abr-2019

II.4.

II.4.    Venancio Loza Quispe, en representación legal de Carlos Maydana Alvarado, por memorial presentado el 23 de febrero de 2018, interpuso demanda de interdicto de conservar la posesión, contra Eusebia Quispe vda. de Gutiérrez, señalando que se encuentra en posesión de un lote de terreno situado en la urbanización “Júpiter”, manzano 70, lote 30, con una superficie de 200 m2, registrado en DDRR bajo la matrícula computarizada 2.12.2.01.0010309, cuyas colindancias son al norte con el lote 5, al sur con el lote 1, al este con el lote 4 y al oeste con la avenida perimetral, bien inmueble que posee como consecuencia de la transferencia que realizó la demandada en favor de su mandante, tal como se tiene del Testimonio 445/86 de 30 de julio de 1986; sin embargo, obsesionado con falsas expectativas de recuperar los predios, interpuso una demanda de desalojo ante el Juzgado Agroambiental de El Alto, en cuyo proceso figuran en calidad de demandados Celestino Velásquez, José Quispe, Ronilda Olivera, David Taquila y Lucrecia Condori; consiguientemente, pese a existir muchas deficiencias en el proceso, se logró una Sentencia favorable al actor, y se emitió el auto de lanzamiento, determinación que no fue ejecutada, porque la autoridad jurisdiccional que tramitó la causa es incompetente, debido que el bien inmueble objeto de controversia no tiene carácter agrario, sino se encuentra dentro del radio urbano; posteriormente, tomó conocimiento que la parte contraria nuevamente hizo los trámites para ejecutar el lanzamiento; en consecuencia, existe un verdadero atentado en contra de su propiedad, al considerar que él cuenta con los registros públicos que acreditan su derecho propietario; por lo tanto, solicitó que en sentencia se disponga la conservación de la posesión sobre el lote de terreno con construcción de vivienda (fs. 25 a 28).